EXTINCIÓN DE DOMINIO

EL ESTADO PUEDE PERSEGUIR LOS BIENES MUEBLES E INMUEBLES DE ORIGEN O DESTINACIÓN ILÍCITA.

El Estado puede perseguir los bienes muebles e inmuebles de origen o destinación ilícita, cuya finalidad es declarar la pérdida del derecho de propiedad (Ley 1708 de 2014). Si usted ha sido víctima por la compra de un inmueble, es arrendador y su arrendatario ha cometido actividades ilícitas; el Abogado debe demostrar que no existe un vínculo entre el propietario del bien y las acciones ilícitas, también debe enfocar sus esfuerzos en demostrar la existencia de su origen lícito y buena fe.

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Chía, Cund.

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